Micelio
Auto18 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Jaraba Severiche Juan Bautista

Tema · dato duro
Acción De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho De Un Acto Administrativo Propio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 6 Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo y el Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de la misma ciudad.

La causa de la controversia radica en demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, contra la Resolución, por medio de la cual la entidad reconoció una pensión de vejez a favor de un ciudadano, que considera inconsistente.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión fijada en Auto 316 para manifestar que, conforme con los artículos 97 y 104 del CPACA, el juez de lo contencioso administrativo es el competente para conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por la administración en contra de sus propios actos administrativos.

En consecuencia, el Juzgado 6 Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo el Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de la misma ciudad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 6 Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo y el Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de la misma ciudad, y DECLARAR que el Juzgado 6 Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo es la autoridad competente para conocer de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones contra la Resolución SUB-54007 del 28 de febrero de 2019.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4480 al Juzgado 6 Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo el Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.